jueves, 24 de diciembre de 2015

PREPARECE PARA PRESENTAR SU DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA 2015 EN EL MES DE ENERO 2016

De acuerdo al proyecto de Resolución de Superintendencia publicado el día 23 de diciembre de 2015 en la página web de la SUNAT [1] el cronograma de vencimiento propuesto es el siguiente:

ULTIMO DÍGITO 
DEL RUC Y OTROS
FECHA DE
VENCIMIENTO
0
23 de marzo de 2016
1
28 de marzo de 2016
2
29 de marzo de 2016
3
30 de marzo de 2016
4
31 de marzo de 2016
5
1 de abril de 2016
6
4 de abril de 2016
7
5 de abril de 2016
8
6 de abril de 2016
9
7 de abril de 2016
Buenos Contribuyentes
8 de abril de 2016

Sin embargo, existe la posibilidad de que de presentarse la declaración anual del Impuesto a la Renta 2015 pueda omitir realizar el pago a cuenta del impuesto a la renta del periodo diciembre 2015. Para sustentar lo mencionado, basta darle una revisada al artículo 34° del Código Tributario que establece que “el interés moratorio correspondiente a los anticipos y pagos a cuenta no pagados oportunamente, se aplicará hasta el vencimiento o determinación de la obligación principal.”

Es decir, una vez realizado la determinación anual del impuesto a la renta 2015, ya no se originaria la obligación de hacer el pago del pago a cuenta del mes de diciembre 2015.

Ahora, la pregunta que podría hacerse, es que, si técnicamente se podría realizar la presentación del PDT anual del 2015, sobre el mismo para el caso de la declaración anual del impuesto a la renta 2014, el mismo estuvo disponible el 05 de enero del 2015. Por otro lado, el proyecto de Resolución de Superintendencia indica que el futuro PDT 702 estará disponible a partir del 04 de enero del 2016.

¿Qué pasa con el coeficiente determinado para los pagos a cuenta de enero y febrero de 2016, los puedo modificar con la presentación del PDT 702?

1. Respecto al coeficiente de los pagos a cuenta de los meses de enero y febrero 2016 estos no cambiarían con la presentación de la declaración anual del impuesto a la renta 2015 que se realizaría en el mes de enero 2016. Al respecto el artículo 85° de la Ley del Impuesto a la Renta precisa al mencionar cual es la base determinación de los indicados coeficientes:

·     La cuota que resulte de aplicar a los ingresos netos obtenidos en el mes el coeficiente resultante de dividir el monto del impuesto calculado correspondiente al ejercicio gravable anterior entre el total de los ingresos netos del mismo ejercicio. En el caso de los pagos a cuenta de los meses de enero y febrero, se utilizará el coeficiente determinado sobre la base del impuesto calculado e ingresos netos correspondientes al ejercicio precedente al anterior, es decir de la declaración anual del 2014. Es decir, el cálculo del indicado coeficiente no está condicionado a la presentación oportuna de la Declaración Jurada anual del ejercicio 2015.

No se olvide que al momento de determinar su coeficiente del impuesto a la renta para los meses de enero 2016 debe aplicar lo mencionado en la Resolución de Observancia Obligatoria Nº 2015-4-11116  [2] respecto al tratamiento de la diferencia de cambio. Dicha RTF deja sin efecto la aplicación del INFORME N° 045-2012-SUNAT/4B0000. En resumen, lo que debe hacer es calcular tanto la ingreso como el gasto por diferencia de cambio y si la diferencia es ganancia, debe incluirse en el cálculo, caso contrario no debe incluirse.

2.  Respecto al uso del saldo a favor, es preciso que en este caso podríamos aplicar lo mencionado a continuación:

·   El saldo a favor originado por rentas de tercera categoría generado en el ejercicio inmediato anterior deberá ser compensado sólo cuando se haya acreditado en la declaración jurada anual y no se solicite devolución por el mismo y únicamente contra los pagos a cuenta cuyo vencimiento opere a partir del mes siguiente a aquél en que se presente la declaración jurada donde se consigne dicho saldo. En ningún caso podrá ser aplicado contra el anticipo adicional.

CONCLUSION

1.  Puede omitir realizar el pago a cuenta del mes de diciembre 2015 si presenta la declaración anual del impuesto a la renta antes del vencimiento del pago a cuenta mensual.
2.   Para los meses de enero y febrero puede recalcular su coeficiente de acuerdo a lo señalado en la RTF Resolución de Observancia Obligatoria Nº 2015-4-11116  2
3.  Si como resultado de su declaración anual tiene saldo a favor, puede compensarlo después de la presentación de la declaración anual.




[1] http://www.sunat.gob.pe/legislacion/proyectos-ti/2015/diciembre/231215/caratula.html
[2] http://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/jurisprude/acuer_sala/2015/resolucion/2015_4_11116.pdf

viernes, 28 de diciembre de 2012

ROCHE PRODUCTS PTY LIMITED VS THE COMMISSIONER


I)       HECHOS

Roche Products Pty Limited domiciliada en Australia es subsidiaria de Roche Holdings Limited ubicada en Suiza, además tiene operaciones con otras subsidiarias a nivel mundial, principalmente la ubicada en la República de Singapur.

Motivo por el cual la Administración Tributaria Australiana (Australian Taxation Office - ATO) realizó la fiscalización de la determinación del Impuesto a la Renta de Sociedades correspondiente al contribuyente Roche Products Pty Limited domiciliado en Australia. La indicada fiscalización se centro por las operaciones efectuadas con empresas vinculadas no domiciliadas ubicadas en la República de Singapur y Suiza, con el objetivo de verificar si estas transacciones cumplen con el principio de libre concurrencia por los ejercicios comprendidos entre 1993 hasta 2003 de acuerdo a lo establecido en la Ley del Impuesto a la Renta aplicado a Sociedades y las normas establecidas en los Convenios para evitar la doble imposición firmados con la República de Singapur y Suiza.
 
Grupo Roche a nivel mundial realiza actividades de investigación y desarrollo, fabricación, comercialización, venta y distribución a nivel mayorista de productos  farmacéuticos por prescripción médica y los que son de libre comercialización (sin necesidad de contar con prescripción médica), vitaminas, productos químicos y productos e insumos utilizados para el diagnóstico médico. El desarrollo de esta actividad se basa en las actividades de investigación y el desarrollo de cada uno de los productos que son comercializados, que terminan en el desarrollo de un intangible. En general, la actividad de Roche Products Pty Limited es establecer, desarrollar y mantener canales de distribución y comercialización de los Productos Roche a nivel mayorista en toda Australia. Estas actividades las lleva a cabo a través de tres divisiones:
 
a)      División de prescripción, se encarga de realizar la comercialización mayorista de medicamentos prescritos mediante receta médica. Esta actividad principalmente lo realiza a través de distribuidores mayoristas de los principales productos farmacéuticos.
b)      División de Salud del Consumidor, que se dedica a la comercialización de productos farmacéuticos sin receta o prescripción médica.
c)      División de productos de diagnóstico, venden equipos de diagnóstico, productos, suministros e insumos reactivos que se utilizan para el diagnostico medico. Estos productos se utilizan en hospitales y laboratorios médicos y de otros servicios en la prestación de los servicios de patología y otros.
 
II)    FUNDAMENTOS LEGALES/ECONÓMICOS DE LAS PARTES Y LA DECISIÓN JUDICIAL QUE EMITE EL FALLO
 
Posición de la Administración Tributaria Australiana (ATO)
 
Como se menciono anteriormente la Australian Taxation Office - ATO cuestionó a Roche Australia la adquisición de productos farmacéuticos de su matriz Roche Holdings Limited de Suiza y de su vinculada ubicada en la República de Singapur en relación al valor de mercado transferido, determinándose que estos no cumplían con el principio de libre concurrencia.  Se estableció y evaluó los alcance de los tratados para evitar la doble imposición, firmados con Suiza y la República de Singapur y la aplicación de las normas internas australianas tipificados en la División 13 de la Ley 1936, respecto a la determinación del valor de mercado de estas transacciones.
 
Asimismo, respecto a los tratados para evitar la doble imposición la norma australiana establece en su Ley del Impuesto a la Renta de Sociedades que cuando se aplique lo señalado en la División 13, y en los mismos se aplique los términos de cualquier convenio de doble imposición. La Administración Tributaria Australiana podrá aplicar las disposiciones de la División 13 (norma general del Impuesto a la Renta) y/o las disposiciones del tratado antes mencionado. Solo en caso de conflicto, las disposiciones del tratado para evitar la doble imposición prevalecerán a menos que el propio convenio establezca taxativamente la prioridad de aplicar las normas generales del Impuesto a la Renta.
 
Controversias del Caso
 
La ATO determinó un ajuste para la determinación del Impuesto a la Renta de Sociedades debido a que no se cumplió con el principio de libre concurrencia. Determinándose un aumento de la renta imponible de Roche Australia por los años fiscalizados del Impuesto a la renta por un total de $ 126 millones conforme a lo siguiente:
·         Eincreasing the amount of profit of the Applicant pursuant to the associated enterprises articles of the Swiss Double Tax Agreement (Swiss DTA) and Singapore Double Tax Agreement (Singapore DTA) ; andl aumento de la renta neta imponible de conformidad a las adquisiciones realizadas por el contribuyente a empresas vinculadas conformantes del Grupo Roche dentro del alcance del Acuerdo para Evitar la Doble Imposición firmado con Suiza (Suiza DTA – Artículo 9°) [1] y Acuerdo para Evitar la Doble Imposición firmado con Singapur (Singapur DTA). 2[2] Partiendo de la premisa de que las adquisiciones realizadas a empresas vinculadas estaban sobrevaluadas.
·         Ddeterminations pursuant to Division 13 of the Income Tax Assessment Act 1936 (Division 13, ITAA 1936) disallowing deductions claimed by the Applicant for the portion of the purchases that were considered to exceed the arm's length considereterminaciones con arreglo a la división 13 de la Ley de Impuesto sobre la Renta 1936 al no permitir las deducciones reclamadas por el contribuyente por el importe de las adquisiciones que se considera rebasan el principio de libre competencia. [3]
The Applicant objected to the assessments.
Sustento Legal Aplicado por la ATO:
·         Convenio para evitar la doble imposición firmada entre Australia y Suiza.
·         Convenio para evitar la doble imposición firmada entre Australia y Singapur.
·         Sección 136AD de la División 13, de la Ley 1936 - Impuesto a la Renta y el cumplimiento del principio de Libre Concurrencia.
 
Roche Australia no acepto la determinación del Impuesto a la Renta realizada por la ATO. In determining the objections the Commissioner reduced the adjustments to a total of approximately $110 million for the 1993-2003 income years. En la determinación de las objeciones realizadas se redujo los reparos a un total de $ 110 millones para los años 1993-2003, después de realizar una serie de estudios empleando diversos métodos de valoración. The Applicant then sought a review of the Commissioner's objection decisions by the Administrative Appeals Tribunal. Posteriormente, la demandante solicitó la revisión de las decisiones adoptadas por la ATO ante el Tribunal Administrativo de Apelación (Tribunal Fiscal Australiano). The application was heard by the President, Downes J. La solicitud fue examinada por J. Downes.
 
Before the Tribunal both parties sought to support their case as to the determination of the arm's length consideration for the products acquired by the Applicant by evidence from economists with expertise in transfer pricing. Ante el Tribunal  ambas partes trataron de apoyar su caso en cuanto a la determinación de la aplicación del principio de libre concurrencia para los productos adquiridos por el solicitante de acuerdo a los métodos establecidos en la Ley y según los lineamientos de la OCDE en materia de precios de transferencia, para lo cual se sustento mediante un estudio realizado por economistas con diversas experiencias en materia de precios de transferencia. While the economists' evidence was consistent in most respects with general OECD principles relating to the economic methods used to apply the arms length principle, their choice and application of the various methods were not aligned and their conclusions on the data used by them differed. Mientras que la evidencia de los economistas era coherente en muchos aspectos con los principios generales de la OCDE relativas a los métodos económicos utilizados para aplicar el principio de libre concurrencia, su elección y aplicación de los distintos métodos no estaban alineados con las transacciones y sus conclusiones sobre los datos utilizados por ellos eran diferentes.
 
The first economist (engaged by the Commissioner prior to the litigation to assist in determining the objections) used the resale price method, the cost plus method (although not by reference to actual sales or transactions) or the Transactional Net Margin Method (TNMM), to calculate the adjustments for each division.El primer economista (contratado por la ATO antes del litigio para ayudar a determinar los cargos) utilizaron el Método del Precio de Reventa, Método del Coste Incrementado (aunque no en relación con las ventas reales o transacciones) y el Método del Margen Neto Transaccional, para calcular los ajustes para cada división.
 
The second economist (engaged by the Applicant in the course of the litigation) used the Comparable Uncontrolled Price (CUP) method on some transactions which he extended into a Resale Price analysis for other dealings of the Prescription Division.El segundo economista (contratado por Roche Australia en el curso del litigio) utilizó el Método del Precio Comparable no Controlado (CUP) en algunas transacciones; que se extendió a un análisis del Método de Precio de Reventa de otras transacciones de la División de prescripción. In the absence of transactional data he used TNMM for Consumer Health. A falta de datos transaccionales, se utilizó el Método del Margen Neto Transaccional para la División Salud al consumidor. No method was used for Diagnostic Division but he opined that the outcome was arm's length. No se usó este método para la División de Productos de Diagnóstico, pero opinó que el resultado estaba bajo el principio de libre concurrencia. Es decir se segmento cada actividad desarrollada por Roche Australia y se aplico dichos métodos de valoración de acuerdo al análisis funcional y económico realizado por cada transacción.
 
The third economist (engaged by the Commissioner in the course of the litigation) used the CUP/Resale Price extension approach of the second economist but he obtained a different result after making different judgments about some of the data. El tercer economista (contratado por la ATO en el curso del litigio) utilizó el CUP y Precio de Reventa bajo el mismo enfoque del segundo economista pero obtuvo un resultado diferente después de hacer juicios diferentes sobre algunos de los datos. He used TNMM for Consumer Health and Diagnostics. Se uso el Método del Margen Neto Transaccional para la División de Salud al Consumidor y de Productos de Diagnostico.
 
The first economist agreed in principle that a CUP method is to be preferred for determining arm's length prices but disagreed with the other economists that that method could be properly applied on the transactional data presented.El primer economista acordó en principio que la utilización de un método CUP es preferible para la determinación de los precios normales de mercado, pero en estuvo en desacuerdo con lo aplicado por los otros economistas ya que ese método no podría ser utilizado de acuerdo a los datos e información presentadas por las transacciones evaluadas. Each expert's application of TNMM produced a different answer because of the different data, judgments and assumptions they used. Cada evaluación de los expertos de bajo el Método del Margen Neto Transaccional ha producido una resultado diferente a causa de los diferentes datos analizados, juicios, criterios y suposiciones que utilizaban para determinar sus resultados. The evaluation of and weight to be given to the expert opinion was further complicated by the emergence during the hearing of certain evidence from the witnesses of fact, including evidence relating to agreements made by the Applicant's parent company with independent third parties for the sale of Roche pharmaceutical drugs in Australia. La evaluación y el peso que se asigne a la opinión de los expertos se complicó aún más por la aparición durante la audiencia de ciertas pruebas de hecho presentados por los testigos, incluyendo pruebas relativas a los acuerdos adoptados por la sociedad matriz de la Demandante con terceros independientes para la venta de Roche productos farmacéuticos en Australia.
 
Sin embargo, una de las criticas mas relevantes que se realiza a la fiscalización de la ATO es que no tomó en cuenta que el mercado farmacéutico tiene sus particularidades a nivel mundial. Donde hay un mercado importante para productos libres no suele ser difícil de encontrar por lo menos una gama de precios comparables las operaciones que cumplan el principio de libre competencia. Sin embargo, en el presente caso, surgen dificultades, porque no hay libre mercado importante y porque es difícil encontrar las ventas comparables que se necesitan para determinar un valor de mercado.

Las compañías farmacéuticas rara vez venden sus productos a través de terceros independientes. Esto significa que en general no hay un mercado libre en los productos en que se comercializan. Esto también significa que en general no hay libre mercado, incluso para productos potencialmente comparables. Hay pocos casos en que los mercados libres de los mismos medicamentos o similares se pueden encontrar y ser usados como comparables. Sin embargo, estos mercados son generalmente muy pequeños. Por lo que podemos resumir que en este sector:
 
·         Ventas comparables son difíciles de encontrar (las compañías farmacéuticas rara vez venden sus productos a través de terceros),
·         Si se puede encontrar, por lo general se relacionan con los procesos de comercialización vinculados a las diversas circunstancias al por menor
 
Sin embargo, el Tribunal Fiscal AustralianoHis Honour gave a decision on 2 April 2008 that the Applicant's taxable incomes should be adjusted by reference to a gross profit margin within the Applicant's Prescription Division of 40%.  se pronunció el 2 de abril de 2008, indicando que las rentas  imponibles del contribuyente deben ajustarse en función de un margen bruto de beneficio bruto de la División de prescripción de la Demandante que debió estar al 40%. Modificando y dejando de lado los resultados determinados por  los tres profesionales economistas. No realizando una determinación por cada años fiscalizado. In relation to the other Divisions, the decision set aside the Commissioner's transfer pricing adjustments. En relación a las demás divisiones, tomo la decisión de dejar de lado los ajustes de la ATO por aplicación de los precios de transferencia. The result was a substantial reduction in the overall transfer pricing adjustment for the period under review. El resultado fue una reducción importante en el ajuste de precios de transferencia global para los períodos que se examinaron. However, the decision implied an increase in the transfer pricing adjustment and liability to tax in three of the eleven years under consideration. Sin embargo, la decisión implicó un aumento en el ajuste del valor de mercado según la metodología de precios de transferencia y del impuesto en tres de los once años que se revisaron. El Tribunal determinó comparables fiables salido de la División de la Prescripción para establecer el margen bruto apropiadas que deberían haber sido determinados por Roche Australia en los ejercicios que obtuvo renta imponible. Tal fue comparable se determinó de la venta realizada por Roche De Basilea para Alphapharm Australia, un mayorista australiano independiente de productos genéricos, quienes también habían hecho operaciones de adquisición con el Grupo Roche.
 
III)  ANÁLISIS
 
El pronunciamiento delThe Tribunal's reasons of 2 April 2008 were handed down in a preliminary form and the parties given leave to make further submissions on a limited range of matters affecting the final orders. Tribunal Fiscal Australiano fue el 2 de abril de 2008 fue dictado en forma provisional y se requirió a las partes a presentar nuevas evidencias en un número limitado de cuestionamientos que puedan  afectar el pronunciamiento final. With the benefit of further written and oral submissions, His Honour handed down his final decision on 22 July 2008. Con presentación de escritos y pronunciamientos orales, el Tribunal dictó su decisión final el 22 de julio de 2008. In the result the aggregate transfer pricing adjustment reduced to approximately $45 million. En el resultado del ajuste (uplift) de precios de transferencia agregada se redujo a aproximadamente de $ 126 a $ 45 millones.  Este ajuste se determina en el siguiente cuadro:
 
 
1992
1993
1994
1995
1996
1997
1998
1999
2000
2001
2002
Ingresos
57,318
67,658
80,349
90,649
128,704
140,722
135,569
156,411
194,595
208,027
213,094
Costos Operativos
-36,347
-43,364
-51,603
-63,535
-82,291
-82,654
-84,198
-94,516
-114,600
-138,934
-133,291
Margen Bruto
20,971
24,294
28,746
27,114
46,413
58,068
51,371
61,895
79,995
69,093
79,803
Margen Bruto%
36.60%
35.90%
35.80%
29.90%
36.10%
41.30%
37.90%
39.60%
41.10%
33.20%
37.40%
Ajuste
1,956
2,769
3,393
9,145
5,069
-
2,857
669
-
14,118
5,434
Margen Bruto Determinado
22,927
27,063
32,139
36,259
51,482
-
54,228
62,564
-
83,211
85,237
Margen Bruto ajustado %
40.00%
40.00%
40.00%
40.00%
40.00%
-
40.00%
40.00%
-
40.00%
40.00%
Total Ajuste 45,410
 
El principio el juez estableció que lo que estaba en discusión era el valor de adquisición de los productos farmacéuticos que ROCHE AUSTRALIA realizaba de sus vinculadas, mas no el precio a que se vendía dichas productos, motivo por el cual decidió usar la norma interna y no lo establecido en los convenios para evitar la doble imposición firmados con Suiza y Singapur.
 
Asimismo, el juez a cargo del dictamen critica mucho la subjetividad en la aplicación de los Métodos CUP y Margen Neto Transaccional, para determinar el valor de mercado por parte de los economistas y opta por descartar cada metodología utilizada utilizando solo el precio de reventa. Habiendo determinado para este caso una comparación de productos similares comercializado por una farmacéutica que opera en el mismo mercado y que realiza las mismas funciones y tiene riesgos similares.
 
En este caso, no se determino un rango de valores de mercado. No teniendo en cuenta lo señalado en los lineamientos de la OCDE. Por lo que pudiera adolecer de un adecuado sustento legal.
 
ANALISIS SEGÚN LEGISLACION PERUANA
 
Según la ley del Impuesto a la Renta en su artículo 32 y 32-A establece que “el principio de libre concurrencia” se aplica para las transacciones realizadas entre partes vinculadas y países de baja y nula imposición, determinándose los precios y monto de las contraprestaciones que hubieran sido acordados con o entre partes independientes en transacciones comparables, en condiciones iguales o similares. Por lo que las transacciones realizadas por Roche Australia si se hubieran realizado en el Perú se encontrarían bajo el ámbito de aplicación de los Precios de Transferencia.
 
Sobre la aplicación de los convenios de doble imposición el Perú solo tiene suscritos y aprobados tres convenios para evitar la doble imposición: Canadá, Chile y Brasil y existen dos convenios que están pendientes de aprobación por el Congreso: España y México. No tiene convenios con Suiza y la República de Singapur por lo que se tendría que aplicar lo señalado en la norma interna respecto a los ajustes, al no existir conflictos legales de esta índole.
 
Debemos precisar que el artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta establece lo siguiente: 
 
El ajuste del valor asignado por la Administración Tributaria o el contribuyente surte efecto tanto para el transferente como para el adquirente, siempre que éstos se encuentren domiciliados o constituidos en el país. Como se trata de una operación internacional, el ajuste solo sería unilateral y al no existir convenio para evitar la doble imposición no se tendría que coordinar con las Administraciones Tributarias de Suiza y Singapur. Cuando de conformidad con lo establecido en un Convenio internacional para evitar la doble imposición celebrado por la República del Perú, las autoridades competentes del país con las que se hubiese celebrado el Convenio, realicen un ajuste a los precios de un contribuyente residente de ese país; y, siempre que dicho ajuste esté permitido según las normas del propio Convenio y el mismo sea aceptado por la Administración Tributaria peruana, la parte vinculada domiciliada en el Perú podrá presentar una declaración rectificatoria en la que se refleje el ajuste correspondiente. La presentación de dicha declaración rectificatoria no dará lugar a la aplicación de sanciones. Recordemos que este tratamiento esta en los modelos de convenios de la OCDE.
 
El ajuste por aplicación de la valoración de mercado se imputará al ejercicio gravable en el que se realizaron las operaciones con partes vinculadas o con residentes en países o territorios de baja o nula imposición. De acuerdo con el principio del devengado señalado en el artículo 57° de la Ley del Impuesto a la Renta. Además, debe precisarse que el análisis de las transacciones se hace por cada una de las efectuadas en su periodo de devengue. Por lo tanto, los comparables aplicables a cada transacción deben de determinarse por cada ejercicio examinado y no un solo porcentaje como comparable como lo determino el Tribunal Fiscal Australiano.
 
Habiéndose aplicado para el presente caso los ajustes unilaterales necesarios por las adquisiciones que se hubieran realizado de sus vinculadas desde el exterior. Habiéndose aplicado el método de precio de reventa. Método que si esta aprobado por nuestra legislación en su artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta.
 
Respecto al análisis transaccional establecido en la ley y el reglamento del Impuesto a la Renta dichas adquisiciones de productos deberán en principio efectuar el siguiente análisis:
 
En el caso de transacciones que impliquen la enajenación de bienes tangibles, hay que tener en cuenta los siguientes elementos:
(i) Las características físicas.
(ii) Calidad y disponibilidad del bien.
(iii) Volumen de la oferta.
 
De acuerdo a este análisis recién podría evaluarse que método es posible aplicar, entre los cuales tenemos:
1.      Método del precio comparable no controlado.
2.      Método del precio de reventa.
3.      Método del costo incrementado.
4.      Método de la partición de utilidades.
5.      Método residual de partición de utilidades.
6.      Método del margen neto transaccional.
 
Existiendo la posibilidad de aplicar los dos primeros métodos y el último método en caso no se pueda razonablemente y objetivamente aplicar los métodos directos señalados anteriormente. Ya que del análisis establecido en el caso Roche, no se había podido determinar la existencia de comparables internos. Por lo tanto, era necesario establece la existencia de comparables externos públicos. Lo cual de haberse aplicado el método CUP no existe un mercado abierto de productos farmacéuticos, por lo que habría que analizar si se aplicaba en método de precio de reventa o el método del margen neto transaccional. Ahora nuestra legislación permite el uso de comparables internacionales.


[1] ARTICLE 9:  Associated Enterprises: Where--
(a)  an enterprise of one of the Contracting States participates directly or indirectly in the management, control or capital of an enterprise of the other Contracting State; or
(b)  the same persons participate directly or indirectly in the management, control or capital of an enterprise of one of the Contracting States and an enterprise of the other Contracting State,
and in either case conditions operate between the two enterprises in their commercial or financial relations which differ from those which might be expected to operate between independent enterprises dealing wholly independently with one another, then any profits which, but for those conditions, might have been expected to accrue to one of the enterprises, but, by reason of those conditions, have not so accrued, may be included in the profits of that enterprise and taxed accordingly.
[2] ARTICLE 6: 1.    Where--
(a)   an enterprise of one of the Contracting States participates directly or indirectly in the management, control or capital of an enterprise of the other Contracting State; or
(b)   the same persons participate directly or indirectly in the management, control or capital of an enterprise of one of the Contracting States and an enterprise of the other Contracting State,
and, in either case, conditions are operative between the two enterprises in their commercial or financial relations which differ from those which might be expected to operate between distinct and separate enterprises dealing wholly independently with one another, then, if by reason of those circumstances profits which might be expected to accrue to one of the enterprises do not accrue to that enterprise, there may be included in the profits of that enterprise the profits which might have been expected so to accrue to it if it were a distinct and separate enterprise engaged in the same or similar activities and its dealings with the other enterprise were dealings wholly independently with that enterprise or an independent enterprise.
2.    Profits included in the profits of an enterprise of one of the Contracting States under paragraph 1 of this Article shall be deemed to be income of that enterprise derived from sources in that Contracting State and shall be taxed accordingly.
3.    If the information available to the competent authority of a Contracting State is inadequate to determine, for the purposes of paragraph 1 of this Article, the profits which might have been expected to accrue to an enterprise, nothing in this Article shall affect the application of any law of that Contracting State in relation to the liability of that enterprise to pay tax on an amount determined by the exercise of a discretion or the making of an estimate by the competent authority of that Contracting State. Provided that the discretion shall be exercised or the estimate shall be made, so far as the information available to the competent authority permits, in accordance with the principles stated in this Article.
 
[3] INCOME TAX ASSESSMENT ACT 1936 - SECT 136AD: Arm's length consideration deemed to be received or given
  (1)  Where:
          (a)  a taxpayer has supplied property under an international agreement;
            (b)  the Commissioner, having regard to any connection between any 2 or more of the parties to the agreement or to any other relevant circumstances, is satisfied that the parties to the agreement, or any 2 or more of those parties, were not dealing at arm's length with each other in relation to the supply;
            (c)  consideration was received or receivable by the taxpayer in respect of the supply but the amount of that consideration was less than the arm's length consideration in respect of the supply; and
            (d)  the Commissioner determines that this subsection should apply in relation to the taxpayer in relation to the supply;
then, for all purposes of the application of this Act in relation to the taxpayer, consideration equal to the arm's length consideration in respect of the supply shall be deemed to be the consideration received or receivable by the taxpayer in respect of the supply.
  (2)  Where:
          (a)  a taxpayer has supplied property under an international agreement;
            (b)  the Commissioner, having regard to any connection between any 2 or more of the parties to the agreement or to any other relevant circumstances, is satisfied that the parties to the agreement, or any 2 or more of those parties, were not dealing at arm's length with each other in relation to the supply;
          (c)  no consideration was received or receivable by the taxpayer in respect of the supply; and
            (d)  the Commissioner determines that this subsection should apply in relation to the taxpayer in relation to the supply;
then, for all purposes of the application of this Act in relation to the taxpayer, consideration equal to the arm's length consideration in respect of the supply shall be deemed to have been received and receivable by the taxpayer in respect of the supply at the time when the property was supplied or, as the case requires, any of the property was first supplied, or at such later time or times as the Commissioner considers appropriate.
  (3)  Where:
          (a)  a taxpayer has acquired property under an international agreement;
            (b)  the Commissioner, having regard to any connection between any 2 or more of the parties to the agreement or to any other relevant circumstances, is satisfied that the parties to the agreement, or any 2 or more of those parties, were not dealing at arm's length with each other in relation to the acquisition;
            (c)  the taxpayer gave or agreed to give consideration in respect of the acquisition and the amount of that consideration exceeded the arm's length consideration in respect of the acquisition; and
            (d)  the Commissioner determines that this subsection should apply in relation to the taxpayer in relation to the acquisition;
then, for all purposes of the application of this Act in relation to the taxpayer, consideration equal to the arm's length consideration in respect of the acquisition shall be deemed to be the consideration given or agreed to be given by the taxpayer in respect of the acquisition.
   (4)  For the purposes of this section, where, for any reason (including an insufficiency of information available to the Commissioner), it is not possible or not practicable for the Commissioner to ascertain the arm's length consideration in respect of the supply or acquisition of property, the arm's length consideration in respect of the supply or acquisition shall be deemed to be such amount as the Commissioner determines.